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Tarjeta del Migrante Retornado

La obtención de la Tarjeta del Migrante Retornado (TMR) es el paso inicial para acogerse a los beneficios contemplados en la Ley 30001 "LEY DE REINSERCIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL PARA EL MIGRANTE RETORNADO". La TMR puede solicitarse ante las oficinas consulares en el exterior, o ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, según sea el caso, dentro de los noventa (90) días hábiles antes o después de la fecha de ingreso a nuestro país.

Incentivos Tributarios (Ley Nº 30525)
La Ley N º 30525, publicada el 15 de diciembre de 2016 en el Diario Oficial El Peruano, con vigencia de tres (03) años, modifica los artículos 1º, 2º y 3º de la Ley Nº 30001. En ese sentido, los referidos beneficios tributarios sólo podrán solicitarse hasta el 15 de diciembre de 2019.

El artículo 3º del referido cuerpo legal norma los beneficios tributarios, estableciendo que los peruanos que se acojan a dichos beneficios estarán liberados -por única vez-, del pago de todo tributo que grave el internamiento del menaje de casa (hasta por un monto de USD 50,000.00), un vehículo automotor (hasta por un monto de USD 50,000.00) e instrumentos, maquinarias, equipos, bienes de capital y demás bienes que usen en el desempeño de su trabajo, profesión oficio o actividad empresarial (hasta por un monto de USD 350,000.00).

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) han establecido los números telefónicos para absolver las consultas referentes a la Ley N º 30525, sobre aspectos tributarios.
  • Desde teléfonos fijos:
    0-801-12-100
    Opción 4


  • Desde celulares:
    (01) 315-0730
    Opción 4
Los demás beneficios (beneficios sociales) continúan vigentes.

Requisitos para obtener la Tarjeta del Migrante Retornado (TMR)
  1. Contar con el Documento Nacional de Identidad (DNI).
  2. Una foto reciente, tamaño pasaporte, a colores, fondo blanco.
  3. Solicitud firmada de Acogimiento a los Beneficios de la Ley Nº 30001. El formato de la solicitud puede ser obtenido en la Sección Consular de la Embajada del Perú. (Solicitud TMR).
  4. Formulario R-1, debidamente llenado, impreso y firmado por el solicitante. Para acceder a dicho formulario ingresar al siguiente enlace: Formulario R-1 (anotar su número de formulario)
    http://apps.rree.gob.pe/portal/leyderetorno/leyderet.nsf
  5. Declaración Jurada Simple de no estar incurso en ninguna de las causales de impedimento o exclusión contempladas en el presente reglamento. Se requieren (2) dos originales. El formato de la solicitud puede ser obtenido en la Sección Consular de la Embajada del Perú. (Declaración Jurada TMR).
Costo: la expedición de la TMR no tiene costo alguno.

Tiempo de Entrega: dentro de los 10 días de presentada la solicitud.

Se agradecerá solicitar cita en la Sección Consular de la Embajada del Perú en Portugal (Rua Castilho Nº 50, 1250-071 Lisboa).

Tlf: 21 382 7470

 

 

 

 

 

Central Telefónica:
(00351) 213 827 470
Emergencias:
(351) 911 11 63 99 (Exclusivo para emergencias)
Fax:
Correo Electrónico:
seccionconsularportugal@gmail.com
Horario de Atención:
Lunes a viernes entre 09.00 - 13:00 horas
Todos los trámites consulares se llevan a cabo previa cita confirmada por correo electrónico.