Los ciudadanos extranjeros que deseen realizar negocios en el Perú, deben obtener una visa de negocios, a menos que el país de origen del ciudadano tenga un acuerdo con el estado peruano que permita viajar al Perú sin una visa de negocios para este propósito. Esta Visa es obligatoria para todo aquel que vaya a celebrar un contrato.
Requisitos
- Llenar el formulario proporcionado por el consulado peruano.(DGC 005)
- Presentar el pasaporte vigente.
- Pasaje de Ida y Vuelta al Perú (Boleto, ticket electrónico o reserva).
- Carta de la empresa, especificando el objeto de la visita, tiempo de duración de la misma, y que se cuenta con respaldo económico suficiente para sufragar todos los gastos durante la estadía en el Perú.
- Carta de la empresa peruana, cuando el viaje esté ligado a una contraparte nacional específica, señalando el motivo y plazo del mismo, así como que cuenta con respaldo económico suficiente para sufragar sus gastos.
- Dos (2) fotografías tamaño pasaporte a colores.
- Pago de la tasa consular correspondiente. BANCO SANTANDER: ES02 0049 0018 4027 1384 5246.
| Costo |
30 Soles Consulares (*) 30 euros |
(*) un Sol Consular equivale a 1 euro. Para equivalencias en moneda local, ver sección Tarifas Consulares |
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Enviar requisitos a: certificados@consuladoperubilbao.es y con copia a informacion@consuladoperubilbao.es
Observaciones
- La presentación de la solicitud de visa, y la documentación requerida no garantiza el otorgamiento automático de una visa. Cada solicitud es individualmente evaluada por el Cónsul peruano.
- Durante la tramitación de la solicitud, puede requerirse la presentación de requisitos adicionales.
- Si tiene alguna duda sobre los requisitos escribir a informacion@consuladoperubilbao.es
- NO se aceptan transferencias.