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Modalidad de pago de trámites y solicitudes de devolución de las tasas consulares

El pago de los trámites consulares se puede realizar a través del pago con tarjeta, con transferencia bancaria o mediante el depósito bancario en la cuenta del Consulado General del Perú en Bilbao.

En caso de no haberse concluido el trámite oportunamente, el interesado podrá solicitar la devolución del dinero en un plazo máximo de 3 meses. Luego de transcurrido este plazo, se considerarán dichos depósitos en abandono definitivo y se procederá a su traslado al tesoro público del Estado Peruano, sin lugar a reclamo.

Para pagos por transferencia bancaria:
  1. Las transferencias se deben realizar por el monto exacto de la tasa consular a la cuenta del Consulado General del Perú en Bilbao del Banco Santander número 0049-0018-40-2713845246.
  2. En el concepto del pago incluir el nombre de la persona que realizará el trámite.
  3. Presentar el recibo o constancia de transferencia al momento de realizar el trámite. En los casos de trámites por correo postal, presentar la constancia de transferencia conjuntamente con la solicitud del trámite.

Para reclamar la devolución de pagos por trámites no efectuados:
  1. Presentar una solicitud firmada (Solicitud-Devolucion-Dinero.docxSolicitud de devolución​ de dinero.docx). Debe identificar plenamente al solicitante con nombre completo, número de documento de identidad y dirección de domicilio. Deberá señalar el monto del importe que se reclama, la fecha del depósito y el motivo por el cual se reclama la devolución.
  2. Adjuntar el recibo de depósito bancario.
  3. Indicar una dirección de correo electrónico o domicilio físico donde enviar la respuesta a la solicitud de devolución.
El resultado del pedido se comunicará por correo electrónico directamente al interesado. En caso corresponda una devolución de dinero, se emitirá un cheque bancario nominal no negociable a fin que el interesado pueda pasar a recogerlo en la ventanilla del Consulado. Si prefiere una transferencia bancaria, se deducirá del monto sujeto a devolución el cobro que aplique el banco por realizar dicha operación.

De otro lado, se informa lo siguiente:
  1. Todos aquellos depósitos no reclamados que ingresaron a la cuenta de este Consulado General hasta el 31 de diciembre de 2018, serán declarados en abandono y remitidos al Perú (tesoro público) el 1 de octubre de 2019.
  2. Los depósitos efectuados entre enero y agosto del 2019 que no han sido reclamados oportunamente, serán declarados en abandono y remitidos al Perú (tesoro público) el 1 de diciembre de 2019.
  3. A partir de la fecha, los depósitos no reclamados serán declarados en abandono y remitidos al Perú (tesoro público)  al concluir el plazo señalado de 90 días.   










Central Telefónica:
(0034) 94-641-3040
Emergencias:
(0034) 662383431 No es para solicitudes y estados de trámites. Consultas al correo: informacion@consuladoperubilbao.es
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