Los ciudadanos peruanos residentes en el exterior que requieran obtener el DNI para sus hijos menores de edad (de 0 a 16 años de edad), residentes también en el exterior, podrán tramitarlo a través de las Oficinas Consulares.
Requisitos
- Presencia física del menor, en compañía de por lo menos uno de sus padres, apoderado o tutor.
- En caso que el menor no cuente con DNI (nunca lo obtuvo), se deberá presentar copia certificada del acta de nacimiento del menor, que no tenga más de tres meses de expedida por la Oficina Consular, Municipalidad u Oficina de RENIEC, donde se encuentra registrado el nacimiento.
- La persona que acompañe al menor, deberá identificarse con su DNI o, si es extranjero, documento de identidad válido en el exterior. El apoderado o tutor, además deberá presentar el poder o documento que lo acredite como tal.
- Una (1) fotografía actual de tamaño pasaporte, de superficie lisa no porosa, sin marco, a color, en fondo blanco, de frente, a la altura del medio tórax, y con expresión de rostro neutral (sin sonrisa, ni muecas, sin mostrar los dientes), cabello no debe cubrir rostro, se debe visualizar ambas orejas, sin prendas en la cabeza (salvo prendas de naturaleza religiosa), ni accesorios en el rostro u orejas (p.ej., lentes, aretes, piercings, etc.), sin sombras ni manchas, no artística ni retocada (no puede utilizarse la misma fotografía del DNI vencido).
- Documentos que sustente:
- Domicilio.
- Grado de Instrucción (Universitaria o Técnica).
- Discapacidad.
Nota
- Para este trámite, se considera menor de edad, a las personas de 0 a 16 años de edad. Estos menores obtienen DNI electrónico.
- La designación del tutor deberá ser extendida por la autoridad peruana competente.
- El plazo y modo de entrega del DNI será determinado por cada Oficina Consular.
- No se requiere la presentación de documento de sustento, cuando se consigne como grado
de instrucción, desde primaria hasta secundaria completa, ya que dicha información
se tendrá por efectuada en el llenado de la propia ficha registral.
- En el caso de personas que presentan discapacidad (sensorial, física o mental)
el trámite es GRATUITO.
- En caso de dudas, podrá comunicarse previamente con el Consulado más cercano.
Costo |
5.00 Soles Consulares (*) |
(*) Un Sol
Consular aprox. equivale a un Dólar Americano.
Para equivalencias en moneda local, ver sección Tarifas Consulares |