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Pasaporte Biométrico Mayores de Edad

El nacional peruano mayor de edad que se encuentre en el extranjero y que no cuente con pasaporte peruano, podrá solicitar su pasaporte electrónico ordinario en cualquier Oficina Consular del Perú en el exterior.
 
Requisitos para Pasaporte Ordinario
 
  • El Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Realizar el pago de US $ 70.00 dólares en efectivo (cash)
 
Para mayores de edad con incapacidad legal

Adicionalmente a los requisitos anteriores, el nacional mayor de edad incapaz legalmente, deberá presentarse acompañado de su representante legal, quien a su vez deberá:

  • Identificarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI) si es peruano, o documento que oficialmente lo identifique en el país donde se encuentre, si es extranjero.

  • Presentar copia del documento mediante el cual se le nombre representante legal del solicitante.

  • En caso de haber obtenido la declaración de curatela por autoridad peruana, se admitirá copia del registro de dicho nombramiento en el Registro de Personas Naturales de la Oficina Registral correspondiente de la SUNARP. Para el caso de lo establecido en la Ley General de la Persona con Discapacidad, deberá presentarse el certificado de discapacidad que acredita la condición de persona con discapacidad. El mismo que es otorgado por todos los hospitales de los Ministerios de Salud, de Defensa y del Interior, así como el Seguro Social de Salud (ESSALUD).

  • En caso de haber obtenido la declaración de autoridad extranjera, el pasaporte sólo podrá ser tramitado por la Oficina Consular del Perú en el exterior que cuente con la circunscripción en el territorio donde se haya dictaminado la representación legal del titular incapaz.
Nota
  • No se requiere fotografía fisica ya que la misma será tomada en el Consulado.
  • El trámite se realiza de manera personal, no pudiéndose delegar a un tercero su realización.
  • La vigencia del pasaporte es en principio de cinco (5) años como máximo.
  • Cuando el ciudadano peruano tiene 17 o más años es obligatorio que tenga el DNI de mayor de edad (de color azul) para poder tramitar su pasaporte. En caso contrario no podrá realizar el trámite debiendo primero obtener el DNI de mayor de edad para luego recién poder tramitar su pasaporte.​
  • El pasaporte debe ser recogido en el Consulado. Excepcionalmente, si desea que una vez recibido en el Consulado el pasaporte sea enviado a su domicilio por correo, podrá entregar, al realizar el trámite, un sobre pre-pagado de la empresa de su preferencia (USPS “priority mail”, o UPS) con su nombre y dirección correctamente detallados. El sobre tiene que tener obligatoriamente el numero de seguimiento. La responsabilidad de la entrega de su sobre a la dirección indicada es del servicio de correo contratado por usted y no del Consulado. Cualquier pérdida, robo o daño del documento es únicamente responsabilidad del interesado.

Costo
70.00 Soles Consulares
(*) Un Sol Consular aprox. equivale a un Dólar Americano expresado en moneda local.
Para equivalencias en moneda local, ver sección
Tarifas Consulares


 

 

 

 

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