6.1 ¿Puedo tener una segunda nacionalidad?
Si, la Constitución del Perú no prohíbe la adopción de una segunda nacionalidad, sin embargo en su Artículo 53, indica que "La nacionalidad peruana no se pierde, salvo por renuncia expresa ante autoridad peruana".
Si usted, no ha renunciado a la nacionalidad peruana, debe tener en cuenta el Artículo 38 de la Constitución que indica que "Todos los peruanos tienen el deber de honrar al Perú y de proteger los intereses nacionales, así como de respetar, cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la Nación".
6.2 Información sobre renuncia a la nacionalidad:
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6.3 ¿Qué sucede si ingresé al Perú con pasaporte estadounidense, es decir, en calidad de extranjero y permanecí en el país más del plazo permitido?
Deberá pagar una penalidad de US $ 1 por cada día de exceso en aplicación de la ley de extranjería.