-
Si uno de los padres, del menor ha fallecido, adjuntará copia certificada del
Acta de Defunción correspondiente.
- Si el menor fue reconocido por uno solo de los padres bastará su consentimiento.
La presente
información responde a casos generales. Si Ud. requiere información específica
no resuelta en esta página, deberá consultarla a las Oficinas
Consulares.