Son poderes que se otorgan a un representante (apoderado) para gestiones de mayor importancia o mayores montos, entre ellos, divorcios, reconocimiento de sentencia extranjera, juicio de alimentos, negación de paternidad, compra-venta de inmuebles, reconocimiento en el Perú de hijo extramatrimonial, entre otros.
3. En caso de otorgantes extranjeros deberán enviar una imagen escaneada de su Pasaporte (vigente)
4. Intérprete: En caso de otorgantes sin
conocimiento del idioma español. Del intérprete se requiere: nombre completo,
nacionalidad y número de documento de identidad. Si el intérprete fuera de
nacionalidad diferente a la peruana, enviar una fotocopia escaneada del
documento con el cual se está identificando.
5. Para mayores de 75 años, deberán presentar un certificado médico o informe de salud mental redactado por un especialista. Si el otorgante no sabe leer o no puede firmar por algún impedimento, deberá intervenir un testigo que conozca el idioma castellano y que firmará “a ruego” por él. (R.C. Art. 118 y 124)
En estos casos solo deberá enviar del texto de poder en formato Microsoft
Word (tal como se señala en el punto dos).
Sin embargo, se deberá considerar que para Escrituras Públicas no
especificadas en el artículo 58 antes mencionado (por ejemplo compra y venta de bienes, donación, anticipo de legítima, etc.), es necesario enviar una
versión del texto en formato Microsoft Word (sin la firma del abogado) más una
versión adicional escaneada en donde aparezca el sello, firma y número de colegiatura del
abogado.
La atención es exclusivamente con CITA
La cita se solicita enviando previamente un correo
electrónico a:
escrituras@conpertokio.org
Indicando nombre completo y número de teléfono (celular y casa) del solicitante (Poderdante) y
adjuntando:
1. Texto de Poder
(Minuta) redactada en formato Microsoft
Word. La redacción del poder deberá incluir en
su introducción lo siguiente:
2. Archivo escaneado de la Minuta, con firma, sello y número de DNI del abogado (de ser el
caso)
3. En caso de
otorgantes extranjeros copia escaneada de su Pasaporte Vigente
4. Datos de Intérprete, en caso de otorgantes sin
conocimiento del idioma español
5. Otros (en caso
se requiera otros documentos estos serán solicitados por correo electrónico)
6. Nombre completo y No. de DNI de la persona quien realizará la legalización de firma consular del testimonio y parte ante el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú y posteriormente registrará el parte en la SUNARP.
7. Para mayores de 75 años, deberán presentar un certificado médico o informe de salud mental redactado por un especialista. Si el otorgante no sabe leer o no puede firmar por algún impedimento, deberá intervenir un testigo que conozca el idioma castellano y que firmará “a ruego” por él. (R.C. Art. 118 y 124)
- Para coordinar la fecha de cita, el Consulado le llamará por
teléfono en aproximadamente siete (07) días útiles tras recibir su minuta, en función a la disponibilidad existente. Sin
texto no se dan citas y sin cita no se atiende el trámite de escritura pública.
- El día de su cita, acudirá personalmente al Consulado
en la fecha y hora acordada, portando su
DNI físico vigente.
- El costo promedio de una escritura pública es de
18,150 yenes, pudiendo aumentar dependiendo del número de páginas del
testimonio, poderdantes y apoderados.
- El documento (poder)
le será entregado el mismo día.