Nota: en atención a las medidas de prevención en salud se recomienda realizar el pago con tarjetas de crédito/débito o realizar un depósito en cuenta.
- Con tarjeta de crédito o débito, emitida por un Banco de la Zona Euro.
- En efectivo (traer monto exacto).
- Depósito en la cuenta bancaria del Consulado General.
Datos:
Se deberá entregar al Consulado el comprobante de depósito efectuado para la realización de la gestión solicitada.
Constancia de la tasa abonada:
A fin de que el usuario pueda
constatar que el pago realizado ha sido registrado, podrá observar que,
conforme señala el artículo 170º del Reglamento Consular vigente, todo
cobro de derechos queda evidenciado a través de los autoadhesivos consulares
colocados en el documento, así como los respectivos números de orden, de Tarifa
de Derechos Consulares y de la actuación correspondiente, las sumas percibidas
en euros y en soles consulares, además de la fecha, firma y sello de post-firma
del funcionario consular actuante.
Tarifas consulares:
El DS Nº
045-2003-RE, de fecha 26 de marzo de 2003, ha definido los costos de los
trámites consulares, a través de la “Tarifa de Derechos Consulares”. Los actos
y diligencias que los funcionarios consulares practiquen en su carácter oficial
están afectos a los derechos que especifica la Tarifa de Derechos Consulares
(art. 161º del Reglamento Consular vigente).
Conforme al artículo 163º del
Reglamento Consular vigente, dichas tarifas son convertidas a la moneda local. A
través del siguiente enlace podrá ver los trámites que con mayor frecuencia se
realizan en el Consulado General del Perú en Barcelona así como su coste en
euros: Tarifas frecuentes