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1. ¿Cuál es el trámite para obtener la ciudadanía israelí de los hijos de cuarta generación de padres israelíes?
Explicación:
Los Padres de un menor con permiso de residencia en Israel (A5), que no es ciudadano israelí (cuarta generación), están autorizados a solicitar la ciudadanía Israelí del menor si demuestran que su lugar de residencia es en Israel.  Aquellos padres que pidan la ciudadanía Israelí para sus hijos menores de cuarta generación tienen que demostrar, entre otras condiciones, el establecimiento de una residencia permanente en Israel los 3 años anteriores a la entrega de la solicitud.
Condiciones:
Los padres, uno de los cuales debe ser de ciudadanía israelí, deben llegar personalmente a la oficina de la administración de la población en su zona (Misrad Apnim), con los siguientes documentos:
  • Teudat Zeut y documentos de viaje del menor y de los padres.
  • Solicitud completa
  • Carta de explicación para la solicitud.
  • Declaración Jurada.
Se requiere la autorización de ambos padres.  En Israel la autorización se otorgará personalmente en la oficina de administración de la población o mediante una declaración jurada formalizada ante notario.  En el extranjero la autorización de ambos padres se dará personalmente en la representación diplomática de Israel en el país o mediante un notario autorizado por la representación diplomática Israelí, o por un notario, incluso si no está autorizado por la representación Israel, en caso que la autorización lleve el sello de la Apostilla.

En caso que los padres estén divorciados hay que presentar la resolución judicial que indique que uno de los padres tiene la patria potestad exclusiva del menor, o el conocimiento del otro padre, como se describe anteriormente.

Mayor información (en hebreo) en el siguiente link:
http://www.piba.gov.il/Subject/Citizenship/CitizenshipAwarding/ Pages/EzrachutLekatin.aspx
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