Es el documento extendido y autorizado por funcionario consular, mediante el cual ambos padres autorizan el viaje de su hijo menor de edad fuera del territorio peruano, para que viaje solo o acompañado por uno de ellos. Este documento es válido por una sola vez y es entregado a la autoridad migratoria peruana.
Atención
Con cita: Enviar un email a
consulperu-londres@rree.gob.pe
Requisitos
- DNI o Copia certificada del acta de nacimiento del menor.
- Presentación del DNI del padre, madre o ambos (si son peruanos) o pasaporte (extranjeros).
- Itinerario de viaje o ticket de viaje.
- Texto de la autorización (descargue el Modelo), donde figuren:
- De los padres: Nombres y apellidos, estado civil (como figuran en el DNI), dirección y número de DNI.
- Del menor: Nombres completos, número de DNI, si lo tuviera.
- Acompañantes: Con quién viaja el menor, si fuera el caso.
- Itinerario de viaje (pasaje o reserva de pasaje).
- Pago de la tarifa consular.
Casos Especiales
Es posible que un solo padre otorgue la autorización de viaje en los siguientes casos:
- Cuando el otro padre haya fallecido.
- Cuando el menor haya sido reconocido por un solo padre.
- Cuando el viaje se lleve a cabo dentro del Perú, sin que el menor salga del territorio nacional.
Requisitos adicionales que debe presentar en estos casos:
- Si uno de los padres del menor ha fallecido, adjuntará copia certificada del acta de defunción correspondiente.
- Si el menor fue reconocido por uno solo de los padres bastará su consentimiento.
Nota