El Consulado General del Perú en Londres únicamente registra los nacimientos ocurridos dentro del Reino Unido.
No es posible efectuar la inscripción de nacimientos ocurridos en otros países, los cuales deberán ser registrados ante la Oficina Consular del Perú que ejerza jurisdicción en el lugar donde se produjo el nacimiento.
Puede solicitar una cita a través del siguiente link o código QR:
REQUISITOS
PARA LA INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO
MENOR DE
EDAD NACIDO EN EL REINO UNIDO
Importante
El proceso
puede tomar un mínimo de dos (2) horas.
Para trámites adicionales (DNI o pasaporte) se requiere cita independiente.
Documentación
requerida
1. Acta de
nacimiento británica
- Original, en versión extendida (no abreviada).
- Debe consignar expresamente la filiación del menor.
- Este documento no será devuelto, ya que
quedará archivado en el Libro de Registro Civil de Nacimientos del
Consulado General.
2.
Traducción al castellano
- Traducción simple del acta de nacimiento.
- No requiere ser oficial.
- Debe ser realizada por uno de los progenitores antes
de la cita.
3.
Formulario
Formulario
debidamente completado, que incluye:
- Solicitud de Inscripción de Nacimiento.
- Declaración Jurada de No Inscripción Previa.
- Declaración Jurada indicando que se trata de
hijo(a), nieto(a) o bisnieto(a) de ciudadano peruano nacido en el Perú
(peruano por nacimiento hasta tercera generación).
(Descargar y
completar los formularios correspondientes antes de la cita).
Participación
de los progenitores
Es obligatoria
la presencia de al menos uno de los progenitores, quien deberá
identificarse con su DNI (vigente o vencido).
Si ambos
padres son peruanos
- Presentar sus respectivos DNI (vigentes o
vencidos).
Si uno es
peruano y el otro extranjero
- Progenitor peruano: DNI (vigente o vencido).
- Progenitor extranjero: pasaporte vigente.
Si solo
asiste el progenitor peruano
- Su DNI (vigente o vencido).
- Documento de identidad del otro progenitor.
- Si existiera discrepancia en los apellidos del
progenitor extranjero, deberá presentar su partida de nacimiento.
Si solo
asiste el progenitor extranjero
- Pasaporte vigente.
- Partida de nacimiento en caso de discrepancia en
apellidos.
- DNI del progenitor peruano.
Presencia
del menor
No es
obligatoria, salvo que se desee tramitar simultáneamente DNI o pasaporte.
Entrega del
acta
Una vez
finalizado el registro, se entregará una copia certificada sin costo.
Las copias adicionales cuestan 6 libras estarlinas cada una. El pago se hace en el Consulado General con tarjeta de débito o crédito.
Notas
adicionales
- Si los padres están casados y el matrimonio fue
celebrado en el Perú o en el extranjero y se encuentra registrado en el Consulado General, basta
la firma del padre o madre peruano(a) para establecer la filiación legal.
- Si los padres no están casados, ambos deben firmar
para que la filiación quede reconocida respecto de ambos. Si solo uno
firma, la filiación quedará establecida únicamente respecto del firmante.
- En caso de fallecimiento o impedimento debidamente
acreditado de los padres, podrán solicitar la inscripción, en el siguiente
orden:
- Abuelos
- Hermanos mayores de edad
- Tíos consanguíneos
- Persona o institución responsable
del menor
- Los ciudadanos naturalizados peruanos (por
matrimonio o residencia) no pueden transmitir la nacionalidad peruana por
esta vía ante oficinas consulares.
- Si alguno de los padres renunció a la nacionalidad
peruana, deberá acreditarse que la renuncia fue posterior al nacimiento
del menor.
- En el caso de nietos de peruanos por nacimiento,
primero deberá registrarse al padre o madre como hijo(a) de peruano(a) por
nacimiento antes de transmitir la nacionalidad.
- No procede la inscripción de extranjeros adoptados
en el exterior por ciudadanos peruanos en el Registro Civil Consular.
REQUISITOS
PARA LA INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO
MAYOR DE
EDAD NACIDO EN EL REINO UNIDO
Importante
El proceso
puede tomar un mínimo de dos (2) horas.
Para trámites adicionales (DNI o pasaporte) se requiere cita independiente.
Documentación
requerida
1. Acta de
nacimiento británica
- Original, versión extendida (no abreviada).
- Quedará archivada y no será devuelta.
2.
Traducción al castellano
- Traducción simple.
- Puede realizarla el solicitante o uno de los
padres.
- No requiere carácter oficial.
- Debe presentarse antes de la cita.
3.
Acreditación de “peruano por nacimiento”
Se deberá
acreditar que el padre o madre es peruano(a) por nacimiento:
Si nació en
el Perú:
- Partida de nacimiento peruana; o
- DNI donde conste lugar de nacimiento en el Perú.
Si nació en
el extranjero:
- Partida de nacimiento o Certificado de Nacido en el
Extranjero emitido por Consulado peruano que acredite que es hijo(a) de
peruano(a) por nacimiento.
4. Documento
de identidad
- Progenitores peruanos: DNI.
- En su defecto, partida de nacimiento peruana.
5.
Formulario
Formulario
debidamente completado y firmado (descargar formato correspondiente).
Incluye:
- Solicitud de Inscripción.
- Declaración Jurada de No Inscripción Previa.
- Declaración Jurada de transmisión de nacionalidad
hasta tercera generación.
6. Documento de identificación actual
6. Declaraciones juradas de familiares directos- Declaración jurada de familiares que confirmen la identididad del ciudadano.
- La declaración puede ser descargada en el siguiente enlace:
Entrega del
acta
Se entregará
una copia certificada sin costo.
Copias adicionales están sujetas a pago.
Notas
adicionales
¿Quién puede
solicitar la inscripción?
- Ambos padres.
- Uno de los padres, sin importar nacionalidad.
- El propio titular.
En caso de
imposibilidad del titular
- Curador legal debidamente acreditado.
- Apoderado con carta poder apostillada o legalizada
por Oficina Consular del Perú.
Otras
consideraciones
- Si alguno de los padres renunció a la nacionalidad
peruana, debe acreditarse que la renuncia fue posterior al nacimiento del
titular.
- Para nietos de peruanos por nacimiento, primero
debe registrarse al padre o madre.
- No procede la inscripción de extranjeros adoptados
en el exterior por ciudadanos peruanos.
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