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Pasaporte Biométrico Menores de Edad

Adicionalmente a los requisitos generales, los niños y adolescentes hasta los 17 años son acompañados por uno de sus padres o por el apoderado de por lo menos uno de sus padres o por su tutor legal.​

Requisitos:
  • Solicitud de por lo menos uno de los padres, apoderado o tutor.
  • Presencia física del menor, en compañía del solicitante.
  • DNI original vigente o Copia certificada del acta de nacimiento, que no tenga más de tres meses de expedida por la Oficina Consular, Municipalidad u Oficina de RENIEC, donde se encuentra registrado el nacimiento.
  • Presentar el pasaporte anterior (si aplica).
  • La persona que acompañe al menor, deberá identificarse con su DNI; si es extranjero, documento de identidad válido en el exterior.
  • El comprobante de pago de los derechos consulares (70 USD).

  • Cuando lo soliciten el(los) padre(s) debe(n):
    • Identificarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI), si es peruano, o documento de identidad que oficialmente lo identifique en el país donde se encuentre, si es extranjero.
    • Presentar el DNI del menor o, por lo menos, contar con el trámite realizado y el registro generado en el sistema del Reniec.​

  • Cuando lo solicite el(los) apoderado(s) de uno o ambos padres:
    • Identificarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI), si es peruano, o documento de identidad que oficialmente lo identifique en el país donde se encuentre, si es extranjero.
    • Presentar el DNI del menor o, por lo menos, contar con el trámite realizado y el registro generado en el sistema del Reniec.
    • Poder fuera de registro o por escritura pública, con la facultad especifica de gestionar el pasaporte para el menor de edad.​

  • Cuando lo solicite el tutor legal:
    • Identificarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI), si es peruano, o documento de identidad que oficialmente lo identifique en el país donde se encuentre, si es extranjero.
    • Presentar el DNI del menor o, por lo menos, contar con el trámite realizado y el registro generado en el sistema del Reniec.
    • Instrumento público o judicial, debidamente inscrito en el registro correspondiente, mediante el cual se le nombre representante legal del menor de edad. En caso de haber obtenido la declaración de autoridad extranjera; el pasaporte sólo puede ser tramitado por la Oficina Consular del Perú en el exterior que cuente con la circunscripción en el territorio donde se haya dictaminado la representación legal del menor”.
Nota:
  • Excepcionalmente, previa evaluación de la Oficina Consular en coordinación con el Órgano de Línea Consular, cuando el menor no cuente con el Documento Nacional de Identidad (DNI), se presenta la copia simple del acta de nacimiento peruana, siempre que la inscripción haya sido realizada en la Oficina Consular donde se realiza el trámite o la copia certificada del acta de nacimiento peruana, cuando el registro se realizó en otra Oficina Consular. En ambos casos se debe iniciar el correspondiente trámite de DNI en la Oficina Consular donde se solicitará el pasaporte​.

  • El pasaporte electrónico ordinario de menores de edad tiene una vigencia de:
  • 5 años para adolescentes de 12 a 17 años.
  • 3 años para menores de 12 años.​

Costo
70.00 Soles Consulares
(*) Un Sol Consular aprox. equivale a un Dólar Americano expresado en moneda local.
Para equivalencias en moneda local, ver sección
Tarifas Consulares


La presente información responde a casos generales. Si Ud. requiere información específica no resuelta en esta página acceder a Preguntas Frecuentes o consultarla a la Oficina Consular.

 

 

 

 

 

 

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