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 Autorización de viaje de menores de edad

Es el documento extendido y autorizado por funcionario consular, mediante el cual ambos padres autorizan el viaje de su hijo menor de edad fuera del territorio peruano, para que viaje solo o acompañado por uno de ellos. Este documento es válido por una sola vez y es entregado a la autoridad migratoria peruana.

Requisitos
  • Copia certificada del acta de nacimiento del menor.
  • Documento de identidad de ambos padres.
    • Si eres ciudadano peruano, debes presentar tu DNI vigente. En el caso de que tu DNI haya caducado, debes presentar la constancia de que has realizado el trámite de renovación de DNI.
    • Si eres extranjero, debes presentar tu pasaporte o algún otro documento que te identifique en el país en el que te encuentras.
    • Si uno de los padres ha fallecido, debes presentar una copia certificada de su acta de defunción.
    • Si el menor fue reconocido solo por uno de los padres, debes presentar únicamente tu consentimiento.
  • Indicación de datos relevantes relacionados al viaje, tales como: ciudad de salida, ciudad de destino, fecha de salida, fecha de retorno, entre otros.
Costo
20.00 Soles Consulares (*)
(*) Un Sol Consular aprox. equivale a un Dólar Americano expresado en moneda local.
Para equivalencias en moneda local, ver sección
Tarifas Consulares​




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