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 Sustracción Internacional de Menores de Edad

El Perú es Estado Parte del Convenio de la Haya sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores , cuyo propósito fundamental es fortalecer la cooperación entre los Estados que lo suscriben, a fin de adoptar medidas eficaces para la pronta restitución de los niños, niñas y adolescentes sustraídos o ilícitamente retenidos a su país de residencia, visita o custodia.

La Sustracción Internacional de menores de edad es aquella situación en la cual uno de los padres sin permiso del otro progenitor sustrae, traslada o retiene a sus hijos menores de edad, de manera ilegal en el extranjero, despojando a los menores de su residencia habitual y vulnerando el derecho de custodia, guardia o tenencia y/o el de visita que ejercía un padre o ambos.

La retención ilícita se refiere a cuando el menor viaja al exterior con uno de los padres con permiso legal del otro, a través de una autorización de viaje notarial o judicial. Sin embargo, vencido el plazo del permiso, el menor no retorna a su país de origen.

A través del mencionado Convenio se ha previsto un procedimiento universal que permite simplificar procedimientos que de otra manera serian complicados, debido a la participación de múltiples Estados.

En el Perú la Autoridad Central en materia de Sustracción Internacional de Menores es el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través de su Dirección General de Niñas Niños y Adolescentes.

Puede encontrar a las Autoridades Centrales Competentes de cada país en:

Para mayor información:
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Central Telefónica:
(+90) 0312 448 1436
(+90) 0312 446 9039
Emergencias:
+90 533 041 08 85
No se atienden consultas.
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Correo Electrónico:
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