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Nacimientos
Los menores de edad, nacidos en el exterior, hijos de padre o madre peruanos, pueden ser inscritos en el Registro de Nacimientos de las Oficinas Consulares ubicadas en el país donde ocurrió el nacimiento.
Requisitos
Presencia del progenitor peruano(a), identificado con su DNI.
Si el pedido es de ambos padres de nacionalidad peruana, deberán presentar sus DNI vigentes.
Si el pedido es de ambos padres y uno de ellos es peruano, deberá presentar su DNI vigente, mientras que el padre/madre extranjero, deberá presentar el documento con el que las autoridades extranjeras del país, donde se solicita el registro, lo identifiquen.
El registro nunca podrá efectuarse a pedido del padre o madre extranjero únicamente.
Acta de nacimiento extranjera, donde se compruebe la paternidad/maternidad del(los) progenitor(es) solicitantes.
Nota
Los ciudadanos nacionalizados peruanos (ciudadanos extranjeros que obtuvieron la nacionalidad peruana por residencia o matrimonio) no podrán registrar el nacimiento de sus hijos en las Oficinas Consulares.
Luego del Registro, la Oficina Consular entregará una (1) copia certificada de la partida de este sin costo.
Plazos:
El registro de nacimiento no se encuentra sujeto a plazo, puede ser efectuado tanto en el caso de menores de edad, como mayores de edad; en este último caso, la inscripción será solicitada por el propio titular.
Costo
Gratis
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Central Telefónica:
+(47) 21 99 22 20
Emergencias:
+(47) 92 56 61 64
Fax:
Correo Electrónico:
seccionconsular@peruembassy.no
Horario de Atención:
De lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas
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