El menor de edad deberá presentarse acompañado por uno de sus padres o por el apoderado de por lo menos uno de sus padres o por su tutor legal.
Requisitos
· En todos los casos el menor y los padres peruanos deberán Identificarse
con el Documento Nacional de Identidad (DNI), padres extranjeros documento de
identidad que oficialmente lo identifique en el país donde se encuentre.
- Cuando lo solicite el(los) apoderado(s) de uno
o ambos padres:
- Presentar el acta de nacimiento peruana del
menor, en la que se verificará la capacidad de ejercicio de la patria
potestad del poderdante
- Poder fuera de registro o por escritura
pública, con la facultad especifica de gestionar el pasaporte para el
menor de edad.
- Documento Nacional de Identidad del apoderado
o si es extranjero documento de identidad que oficialmente lo
identifique en el país donde se encuentre.
- Cuando lo solicite el tutor legal:
- Presentar el acta de nacimiento peruana del
menor.
- Instrumento público o judicial, debidamente
inscrito en el registro correspondiente, mediante el cual se le nombre
representante legal del menor de edad. En caso de haber obtenido la
declaración de autoridad extranjera; el pasaporte sólo podrá ser tramitado
por la Oficina Consular del Perú en el exterior que cuente con la
circunscripción en el territorio donde se haya dictaminado la
representación legal del menor.
- Documento Nacional de Identidad del apoderado
o si es extranjero documento de identidad que oficialmente lo
identifique en el país donde se encuentre.
EL DIA DE SU CITA PROCURE:
- Acudir sin acompañantes, SOLO el titular del trámite y uno de
los padres o el tutor podrán ingresar a la sede consular.
- Presentarse con un máximo de 10 minutos antes de la hora de su
cita, NO se permitirá el ingreso a la sede consular antes de dicho plazo y si
el aforo lo permite.
Nota: