El nacional peruano mayor de edad que se encuentre en el extranjero y que no cuente con pasaporte peruano, podrá solicitar su pasaporte electrónico ordinario en cualquier Oficina Consular del Perú en el exterior.
Requisitos
EL DIA DE SU CITA PROCURE:
- Acudir sin acompañantes, SOLO
el titular del trámite podrá ingresar a la sede consular.
- Presentarse con un máximo de 10
minutos antes de la hora de su cita, NO se permitirá el ingreso a la sede
consular antes de dicho plazo y si el aforo lo permite.
A TENER EN CUENTA SOBRE LA CITA:
- Si solicita la cita por otra persona (dependientes, hijos, adultos
mayores, etc.), debe utilizar los nombres del titular (para quien es el
trámite).
- En caso requiera cancelar y/o re-programar su cita, favor escribir al correo:
Pasaportes@ConsuladoPeruNY.org
- En caso se registre más de una cita bajo el mismo nombre, solo se mantendrá
válida la última solicitud registrada y se eliminarán las citas anteriores.
- El recojo de pasaportes se realiza sin cita de lunes a viernes de
8:30 am a 1:00 pm.
Mayores de edad con incapacidad legal
Adicionalmente a los requisitos anteriores, el nacional mayor de edad incapaz legalmente, deberá presentarse acompañado de su representante legal, quien a su vez deberá:
- Identificarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI) si es peruano, o documento que oficialmente lo identifique en el país donde se encuentre, si es extranjero.
- Presentar copia del documento mediante el cual se le nombre representante legal del solicitante.
- En caso de haber obtenido la declaración de curatela por autoridad peruana, se admitirá copia del registro de dicho nombramiento en el Registro de Personas Naturales de la Oficina Registral correspondiente de la SUNARP.
Para el caso de lo establecido en la Ley General de la Persona con Discapacidad, deberá presentarse el certificado de discapacidad que acredita la condición de persona con discapacidad. El mismo que es otorgado por todos los hospitales de los Ministerios de Salud, de Defensa y del Interior, así como el Seguro Social de Salud (ESSALUD).
- En caso de haber obtenido la declaración de autoridad extranjera, el pasaporte sólo podrá ser tramitado por la Oficina Consular del Perú en el exterior que cuente con la circunscripción en el territorio donde se haya dictaminado la representación legal del titular incapaz.
Nota
- La vigencia del pasaporte es de diez (10) años como máximo.
El plazo máximo para recoger su pasaporte es de 240 días
contados a partir de su llegada a esta Misión Consular. Cumplido dicho plazo se
procederá a cancelar la titularidad del documento de viaje y será devuelto al
Ministerio de Relaciones Exteriores para su eliminación (Decreto Supremo Nº
045-2024-RE).
Para cualquier consulta adicional escriba a: pasaportes@consuladoperuny.org
Costo |
70.00 Soles Consulares |
(*) Un Sol
Consular aprox. equivale a un Dólar Americano expresado en moneda
local. Para equivalencias en moneda local, ver sección Tarifas Consulares |
La presente información responde a casos generales. Si Ud. requiere información específica no resuelta en esta página acceder a Preguntas Frecuentes o consultarla a la Oficina Consular.