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 Rectificación de actas (Lunes a Viernes de 8:30am - 1:00pm)

Si las actas de nacimiento, matrimonio o defunción contienen errores u omisiones atribuibles al registrador consular puede solicitar su rectificación en la Oficina Consular en donde se emitió.​
La solicitud de rectificación solo podrá ser presentada por: El titular del acta; Los padres, hermanos, cónyuge hijos del titular o; El apoderado, tutor o curador del titular.

Requisitos
  • Solicitud de rectificación efectuada por el titular del acta.
  • DNI de ser solicitante peruano, en el caso de ciudadano extranjero el documento que lo identifique en el exterior.
  • En el caso de que el solicitante sea el cónyuge, padre, hermano o hijo del titular deberá presentar el acta de nacimiento o matrimonio que compruebe su vínculo con el titular.
  • En caso de ser apoderado, tutor o curador del titular deberás presentar un Poder o documento peruano que compruebe su designación como tal.
  • Documento o documentos que prueben el error.

Costo
Gratis








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Central Telefónica:
Consultas 9:00-1:30pm:
(646) 735-3901
Consultas 2:30-5:00pm:
Pasaportes/Visas
(646) 503-6932
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Reg. Civiles (646) 503-6936
Emergencias:
(917) 680-4050
(SOLO EMERGENCIAS)
En este número no se proporciona información general ni de trámites.
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Solicitar cita en línea en:
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Atención teléfonica: De Lunes a Viernes de 08:30 a 1:30pm
(favor dejar mensaje) o de 2:30 a 5:00p.m. para hablar con un funcionario.