Normas legales
Decreto Legislativo Nº
1049 - Ley Notariado
La tramitación de un poder es la
forma legal a través del cual una persona otorga determinadas facultades a
otra, para que esta actúe en su representación y pueda realizar ciertas
actividades con consecuencias jurídicas para quien otorga el poder.
Los poderes otorgados en las
Oficinas Consulares son válidos ante autoridades peruanas, por ello deben ser
otorgados en los términos y forma que la normativa vigente lo determina.
Existen tres tipos de poderes, los
otorgados en Escritura Pública, los otorgados fuera de registro y las
denominadas Carta Poder.
PODER POR ESCRITURA PÚBLICA
Para actuar en representación de
otra persona en determinadas materias, la ley dispone que se haga a través de
la Escritura Pública, que es la forma de poder que reviste mayor seguridad
jurídica. Mediante este tipo de poder, se puede, por ejemplo, facultar a una
persona a disponer de todos los bienes del otorgante, para ser representado en
procesos judiciales y otros casos previstos por la ley.
Ir a
trámite de Poder por Escritura Pública
PODER FUERA DE REGISTRO
Mediante esta formalidad del poder
se puede facultar a una persona para realizar sólo gestiones administrativas.
También pueden delegarse facultades para el cobro de ciertos montos de dinero
(hasta 3 UIT(1)), según lo permita la entidad que efectúa el pago
(bancos, AFP, ONP etc.), por ello se recomienda consultar antes de su
otorgamiento con la entidad pública o privada donde será presentado.
(1) UIT - Unidad Impositiva
Tributaria para el presente año pulse aquí
Requisitos:
Para solicitar la cita, enviar al
correo electrónico de notariales@conpernagoya.org
la siguiente información:
1. Asunto: Poder fuera de
registro
2. Nombres completos, número de documento de identidad, estado civil,
domicilio, número de teléfono de contacto.
3. Adjuntar IMAGEN de
documento de identidad. En caso de:
-
Ciudadanos peruanos: ultimo DNI emitido
-
Ciudadanos japoneses: pasaporte o licencia
de conducir japonesa (vigente)
-
Ciudadanos
de otras nacionalidades: pasaporte y/o tarjeta de residencia Zairyu Card
(vigente)
4.Desarrollar en TEXTO la
siguiente información:
-
Otorgante: nombres completos, número de documento de
identidad, estado civil, domicilio, número de teléfono de contacto.
-
Apoderado o representante: nombres completos y número de
documento de identidad. En caso de ciudadanos peruanos, DNI, en caso de
ciudadanos extranjeros, pasaporte vigente o carnet de extranjería (peruano)
-
Señalar el objeto del poder y las facultades para que son
otorgadas el poder. En este punto se recomienda consultar previamente con la
entidad donde presentará el poder sobre los detalles del contenido. Ejemplo: “…
para que en mi nombre y representación se presente ante la entidad
correspondiente a realizar los trámites de…”
-
Si el poder es para realizar trámites administrativos
relacionados a menores de edad, indicar además los nombres completos y número
de DNI de los menores.
Una vez verificada la información enviada, en un
plazo no mayor de 48 horas, el área de Notariales informará al solicitante el
día y hora de la cita.
Costo: Tarifa Derechos Consulares
CARTA PODER CON FIRMA LEGALIZADA
Mediante este poder se puede
facultar a una a persona a realizar sólo gestiones administrativas; así como
para el cobro de sumas mínimas de dinero (hasta ½ UIT(1)) o lo que
deberá consultarse previamente con la autoridad que efectúa el pago (bancos,
AFP, ONP etc.). Este documento es íntegramente redactado por el otorgante y
posteriormente legalizado en la Oficina Consular.
Plazo: Tiene una
vigencia de tres (3) meses.
Requisitos:
Para solicitar la cita, enviar al correo electrónico de notariales@conpernagoya.org la siguiente información:
1.
Asunto: Carta poder con firma legalizada
2. Nombres completos, número de documento de identidad, estado civil,
domicilio, número de teléfono de contacto.
3. Adjuntar imagen de documento
de identidad. En caso de:
-
Ciudadanos peruanos: ultimo DNI emitido
-
Ciudadanos japoneses: pasaporte o licencia
de conducir japonesa (vigente)
-
Ciudadanos
de otras nacionalidades: pasaporte y/o tarjeta de residencia Zairyu Card
(vigente)
4. Adjuntar archivo en FORMATO WORD
de la carta poder redactada.
Una vez verificada la información
enviada, en un plazo no mayor de 48 horas, el área de Notariales informará al
solicitante el día y hora de la cita.
Costo:Tarifa Derechos Consulares(la
tarifa se aplica por la legalización de una firma)
Nota:
En los siguientes casos, informar
la situación al momento de solicitar la cita si uno de los solicitantes:
- No entiende el idioma castellano: corresponde la participación de un
intérprete.
- Impedimento
para firmar, corresponde la participación de un testigo a ruego.
Para su uso
en el Perú, todo poder debe contar con la Legalización de firma del Ministerio
de Relaciones Exteriores del Perú. Para más información, pulse aquí