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Pasos a seguir para validar las Escrituras Públicas en el Perú

PASO 1
Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú 

https://www.gob.pe/22494-legalizacion-de-firmas-en-documentos-expedidos-por-funcionario-consular-peruano-o-documento-extranjero-legalizado-por-funcionario-consular-peruano

Legalización de firmas en documentos expedidos por funcionario consular peruano o documento extranjero legalizado por funcionario consular peruano

Legalización de firmas en documentos expedidos por funcionario consular peruano o documento extranjero legalizado por funcionario consular peruano. El trámite es de manera presencial.

Requisitos

Documento expedido o legalizado por funcionario consular peruano. Comprobante de pago por derecho de tramitación.

Acercarse a la oficina del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicado en el Jr. Ucayali N.° 318 - Jr. Lampa N.° 535, Cercado de Lima. Para más información, comunícate al teléfono 204-2400 o al correo tai@rree.gob.pe

El costo del trámite es de 0.84% UIT.

Sedes Desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores

OFICINAS Y HORARIOS (PARA TRÁMITES DE LEGALIZACIÓN DE FIRMA CONSULAR)​

PASO 2

Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP (2)

Registro de Otorgamiento de escritura pública otorgada en el extranjero

Si la escritura pública ha sido otorgado en el extranjero presentará:

  • Parte Consular de la escritura pública.
  • Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita).
  • Tasa registral: (Este costo deben verificarlo con SUNARP)

 

A considerar:

  • En caso de que la escritura pública haya sido otorgado ante un cónsul peruano, el parte consular solo podrá ser presentado en la oficina registral por la persona autorizada por el cónsul.
  • Dado que en el extranjero el cónsul realiza las mismas funciones que un notario peruano, al expedir el parte consultar deberá consignar el nombre completo y número de documento de identidad de la persona que se encargará de la presentación y tramitación de dicho parte y la procedencia legítima del parte (Sétima Disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo 1049, modificado por el Decreto Legislativo 1232).
  • Todo documento expedido en un Consulado Peruano para presentarse en los Registros Públicos deberá ser certificado (legalizado) en el Perú ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Central Telefónica:
Si desea realizar su consulta de forma verbal llamar a los números fijos
052-209-7851
052-209-7852
Horario de: 9:00 - 17:00

Consultas por escrito por WhatsApp
(no llamadas ni SMS) D-S 24/7
👉080-754 629 37
Emergencias:
+81 90-8964-0664 Teléfono y WhatsApp (No se atenderán consultas sobre trámites)
Fax:
052-209-7856
Correo Electrónico:
info@conpernagoya.org
Horario de Atención:
(todos los trámites se atenderán con citas)
9:00 - 15:00

Consultas sobre trámites

-DNI: identidad@conpernagoya.org
-Pasaportes: pasaportes@conpernagoya.org
-Registro Civil: rcivil@conpernagoya.org
-Notariales: notariales@conpernagoya.org
-Escrituras: escrituras@conpernagoya.org