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Expedición de Visa de Transeúnte

​A partir del sábado 01 de febrero de 2025, los ciudadanos extranjeros que requieran hacer tránsito en territorio peruano y no se encuentren exonerados del requisito de visa para su ingreso al Perú en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2025-RE deberán tramitar su respectiva visa de transeúnte. La visa de transeúnte autoriza el ingreso temporal al territorio peruano de una persona extranjera cuyo destino final sea un tercer país.

La solicitud de visa se debe realizar con al menos 20 días de antelación al viaje.

Requisitos​

  • Presentar el pasaporte vigente (con una vigencia mínima de seis (6) meses).
  • Llenar el formulario proporcionado por el consulado peruano (DGC 005).
  • Dos (2) fotografías tamaño pasaporte a colores y en fondo blanco, sin lentes.
  • Entrevista personal, programada por el consulado peruano.
  • Pasaje de viaje de entrada y salida del Perú con destino a un tercer país. (Boleto, ticket electrónico o reserva).
  • Demostrar condiciones de admisibilidad al destino final y de los destinos intermedios: Visa o permiso de entrada de requerirla, reservas de hotel, reservas de tours entre otros documentos.
  • Acreditar solvencia económica para costear los gastos de viaje. Copia reciente de su estado de cuenta bancario.
  • Pago de la tasa consular correspondiente.


 Costo​

USD $ 25.00

Importante

  • El pago se debe realizar en el Banco Itaú, cuenta corriente a nombre de la Embajada del Perú N° 0950230 (se puede pagar por transferencia o buzonera). 
  • También puede pagar en ABITAB o REDPAGOS, para lo cual debe brindar todos los datos de la cuenta (tipo de cuenta: cuenta corriente, a nombre de: Embajada del Perú, N° 0950230). 
  • El pago de la tasa consular se realiza una vez aprobada la visa. Debe traer obligatoriamente el comprobante de pago en físico para proceder con la impresión de la visa.
  • La Sección Consular NO recibe dinero en efectivo bajo ningún concepto. 

 

Observaciones​

  • El plazo máximo de permanencia en el territorio peruano, en tránsito, es de dos (2) días calendario, contados desde la fecha de ingreso al territorio de la República del Perú, prorrogables por un periodo máximo de quince (15) días calendario, plazo que incluye el mismo día del ingreso señalado.
  • El pasaporte de los extranjeros exonerados de la visa de transeúnte debe tener una vigencia mínima de seis (6) meses, plazo computable a partir de la fecha de ingresar al territorio nacional.
  • Los nacionales uruguayos están exonerados de visa de transeúnte al no requerir de visa para ingresar al territorio peruano en calidad de turistas.
  • La presentación de la solicitud de visa, y la documentación requerida no garantiza el otorgamiento automático de una visa. Cada solicitud es individualmente evaluada por el Cónsul peruano.
  • Durante la tramitación de la solicitud, puede requerirse la presentación de requisitos adicionales.​
Central Telefónica:
+598 29088870
+598 29082825
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