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 Requisitos Especiales

  • Si uno de los padres del menor ha fallecido, adjuntará copia certificada del acta de defunción correspondiente.
  • Si el menor fue reconocido por uno solo de los padres bastará su consentimiento.

  • La presente información responde a casos generales. Si Ud. requiere información específica no resuelta en esta página deberá consultarla a las Oficinas Consulares.

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Central Telefónica:
(505) 2266-6757, Ext. 108
Emergencias:
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