Si representas a una persona jurídica, estás en el extranjero y necesitas otorgar las facultades de representación en el Perú a un tercero para realizar diversas gestiones, debes solicitar un poder por escritura pública en las oficinas consulares del país en donde te encuentras. 
Mediante este poder podrás facultar a otra persona a: 
  - Disponer de todos tus bienes. 
 
- Representarte en procesos judiciales. 
 
- Transferir propiedad (muebles e inmuebles). 
 
- Vender acciones. 
 
- Constituir empresas. 
 
- Rectificar partidas de nacimiento. 
 
- Otros actos previstos por ley y cuyos pagos o cobros que sean mayores de 3 UIT o S/ 16,050.00. 
 
 Ten en cuenta que este poder tendrá vigencia hasta que lo revoques mediante otra escritura pública. 
	Requisitos
  - Documento de identidad original con domicilio actualizado (DNI para ciudadanos peruanos, pasaporte o carné de extranjería vigente para ciudadanos extranjeros) de la persona o personas a quienes deseas otorgar el poder (apoderado) y de quien otorga el poder (poderdante). 
 
- Número de teléfono y correo electrónico de quien otorga el Poder. 
 
- Documento redactado en borrador del poder que contiene el detalle de las facultades que usted otorga a su representante en formato WORD, es recomendable que sea elaborado por un abogado.  
 
- En caso el poder haya sido elaborado y firmado por un abogado (minuta), deberá incluir nombres, apellidos, número de DNI, así como la colegiatura del abogado. 
 
- Datos de la persona que hará el registro del poder en Registros Públicos (nombres, apellidos y número de documento de identidad). 
 
- Si eres una persona mayor de 75 años, adjunta un certificado médico, de una semana de antigüedad, otorgado por un neurólogo o psiquiatra que acredita que estás en pleno uso de sus facultades y tienes plena capacidad mental. Este certificado no exime al cónsul de solicitar un examen de capacidad adicional. 
 
- En caso de otorgar un poder para compra, venta o donación de un bien inmueble, deberás contar con la copia literal de la inscripción del inmueble en los registros públicos emitida como máximo hace una semana. 
 
- En caso de otorgar un poder para compra, venta o donación de un vehículo, deberá contar con la tarjeta de propiedad del vehículo.
 
- En caso de otorgar un poder para ampliar, aclarar o revocar un poder, contar con la ficha de registros públicos donde está anotado el poder que se quiere ampliar, aclarar o revocar. 
 
	Hazlo en 6 pasos:
  -  Saca cita 
Enviar un mensaje por correo electrónico a consulado@embaperu.org con tus datos, los datos de la persona a la que deseas otorgar el poder y copia escaneada o foto de los documentos señalados en los requisitos. 
Una vez se compruebe que la documentación e información enviada es conforme y completa, la cita será confirmada al correo electrónico de quien otorga el Poder (poderdante) en un plazo aproximado de quince (15) días hábiles.   
 
-  Ve al consulado 
El día de tu cita, asiste 15 minutos antes del horario agendado, llevando los documentos requeridos en original, a la sede de la oficina consular, ubicada en  Calle 8 No. 307 entre 3ra. y 5ta. Miramar, Playa La Habana. Identifícate con tu DNI; si eres extranjero, puedes hacerlo con tu pasaporte o cédula de identidad. 
 
 
- Entrega de los requisitos 
Acércate al orientador e indica que cuentas con una cita agendada con la oficina de Escrituras Públicas. Espera al llamado en la ventanilla correspondiente. Entrega la documentación al funcionario, quien la evaluará y responderá tus consultas. Si todo está en orden, procederás con el trámite. El proceso tiene una duración aproximada de cuatro (04) horas.   
-  Paga el derecho a trámite 
  
Según la naturaleza de la escritura pública, y de acuerdo a lo indicado en el tarifario consular, el precio varía: 
 
  - Escritura pública de poder amplio o general: 45.00 euros.
 
- Escritura pública de poder especial: 45.00 euros. 
 
- Testimonio: 16.00 euros. 
 
- Hoja adicional de testimonio: 8.00 euros. 
 
- Si este proceso necesita que más de una persona otorgue el poder u otorgar poderes a más de una persona, se deberá pagar 8.00 euros por cada una. 
 
 
En ese sentido, el precio aproximado puede oscilar entre 120 y 150 euros. El funcionario te indicará el monto a cancelar en efectivo, no se da vuelto. 
 
- Recoge el documento 
En la fecha indicada, aproximadamente en 5 días hábiles, acércate a la oficina consular para obtener tu testimonio de la escritura pública.   
Finalmente, para usar este documento en nuestro país, deberás enviarlo físicamente por correo postal u otro medio al Perú y 
legalizarlo en el Ministerio de Relaciones Exteriores.