Es el documento extendido y autorizado por funcionario consular, mediante el cual ambos padres autorizan el viaje de su hijo menor de edad fuera del territorio peruano, para que viaje solo o acompañado por uno de ellos. Este documento es válido por una sola vez y es entregado a la autoridad migratoria peruana.
Casos Especiales
Es posible que un solo padre otorgue la autorización de viaje en los siguientes casos:
- Cuando el otro padre haya fallecido.
- Cuando el menor haya sido reconocido por un solo padre.
Requisitos adicionales que debe presentar en estos casos:
- Si uno de los padres del menor ha fallecido, adjuntará copia certificada del acta de defunción correspondiente.
- Si el menor fue reconocido por uno solo de los padres bastará su consentimiento.
Requisitos
- Documento de identidad de los padres del menor que solicita la autorización
- Si es peruano DNI (copia escaneada por ambos lados, no se aceptan fotos de teléfono).
- Si es extranjero, pasaporte (el documento que lo identifique en ese país.
- Copia del DNI y del pasaporte del menor y del padre con el que viaja, (si es que viaja con uno de ellos) (las copias son escaneadas, no foto de teléfono)
- Copia del pasaje de avión.
- Copia de la reserva de hotel.
- Toda los documentos que se solicitan tienen que ser enviados a la siguiente dirección de correo electrónico: permisos@consuladohartford.com
- Indicación de datos relevantes relacionados al viaje, tales como: ciudad de salida,
ciudad de destino, fecha de salida, fecha de retorno, etc.
Costo |
20.00 Soles Consulares (*) |
(*) Un Sol
Consular aprox. equivale a un Dólar Americano expresado en moneda
local.
Para equivalencias en moneda local, ver sección
Tarifas Consulares |
Nota