Si las actas de nacimiento, matrimonio o defunción contienen errores u omisiones atribuibles al registrador consular puedes solicitar su rectificación en la Oficina Consular en donde se emitió.
Condiciones
- La solicitud de rectificación solo podrá ser presentada por: El titular del acta; Los padres, hermanos, cónyuge hijos del titular o; El apoderado, tutor o curador del titular.
Requisitos
- Solicitud de rectificación (Descargar Formato de Rectificación).
- DNI de ser solicitante peruano, en el caso de ciudadano extranjero el documento que lo identifique en el exterior.
- En el caso de que el solicitante sea el cónyuge, padre, hermano o hijo del titular deberá presentar el acta de nacimiento o matrimonio que compruebe su vínculo con el titular.
- En caso de ser apoderado, tutor o curador del titular deberás presentar un Poder o documento peruano que compruebe su designación como tal.
- Documentos de sustento que prueben el error.
Hazlo en 2 pasos:
- Entrega los requisitos
Dirígete a la Oficina Consular del país en donde se emitió el acta y presenta los requisitos.
- Solicita el acta rectificada
El proceso de rectificación no tiene costo, en el caso de solicitar una copia del acta con la anotación de rectificación, deberás seguir el procedimiento de solicitud de copias certificadas, cuyo costo es de 6.00 Soles Consulares (*Un Sol Consular aprox. equivale a un Dólar Americano).