Por considerarlo de interés se
comunica que el día de ayer, 31 de diciembre de 2020, se publicó el Decreto
Supremo Nº207-2020-PCM, que dispone lo siguiente:
a)
Para aquellos
viajeros que ingresen al Perú a partir del 04 de
enero de 2021:
La norma establece, a
partir del 04 de enero de 2021, la cuarentena obligatoria por un periodo de
catorce (14) días calendario, contados desde el arribo al territorio peruano,
para todos los ciudadanos peruanos, extranjeros residentes en el Perú y
extranjeros visitantes, que ingresen al territorio nacional por vía de
transporte internacional, independientemente del país de procedencia.
Dicha cuarentena puede ser
realizada en su domicilio, en la Villa Panamericana u otro centro de
aislamiento temporal, o en un hospedaje, previa coordinación con la autoridad
sanitaria.
b) Para
aquellos viajeros que ingresen al Perú entre el 01 y el 03 de enero de 2021:
La citada norma también establece que todos los peruanos, extranjeros residentes en el Perú y extranjeros
visitantes, que ingresen al territorio nacional por vía de transporte
internacional, entre el 1 y 3 de enero de 2021, provenientes de países donde se
han identificado las nuevas variantes del virus SARS-CoV-2, se les aplicará, el
mismo día de su arribo al país, la prueba de antígeno para el descarte de la
COVID-19. A los que provengan de un destino distinto se les realizará la prueba
de antígeno de manera aleatoria.
Aquellos
cuyo resultado sea positivo, ingresan a aislamiento obligatorio por 14 días, el
que se realizará en la Villa Panamericana u otro centro de aislamiento temporal.
Para
revisar el texto del Decreto Supremo Nº207-2020-PCM visite el siguiente enlace:
https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-establece-medidas-sanitarias-para-preven-decreto-supremo-n-207-2020-pcm-1916777-1/
Se les
recuerda que la “Guía Técnica: Protocolo
sanitario para la atención de viajeros de vuelos internacionales comerciales” (https://www.gob.pe/institucion/minsa/informes-publicaciones/1243625-protocolo-sanitario-para-la-atencion-de-viajeros-de-vuelos-internacionales-comerciales)
continúa siendo aplicable para todos los vuelos desde y hacia el Perú y en ella
se establecen los requisitos que deben cumplir los pasajeros para poder
realizar su viaje, entre los cuales se encuentran:
1.- Presentar el resultado negativo de una prueba molecular
de Covid-19 (PCR o antígena) o certificado de alta epidemiológica emitido
dentro de las 72 horas previas al embarque,
2.- Llevar mascarilla y escudo facial para su uso durante
el vuelo.
3.- Se debe completar y descargar el formulario
electrónico de Declaración Jurada y autorización de geolocalización en línea
del Ministerio de Salud dentro de las 72 horas previas al embarque. Es
obligatorio presentar el QR de dicha declaración, ya sea en formato impreso o
digital, para poder embarcar: https://e-notificacion.migraciones.gob.pe/dj-salud/
Asimismo,
se debe realizar, a través de un celular el pre-registro de control migratorio
dentro de las 48 horas previas al viaje.
Para mayor información, se adjunta una lista de preguntas y respuestas elaborada por el Viceministerio de Salud Pública.
PREGUNTAS Y RESPUESTAS DS 207 2020 PCM.pdf
Ginebra, 01 de enero de 2021