Omitir los comandos de cinta
Saltar al contenido principal
Desplazarse hacia arriba
Inicio de sesión

Ingreso de Restos Mortales al Perú

REQUISITOS PARA EL INGRESO DE CADÁVERES Y CENIZAS AL PERÚ

 

Respecto al ingreso de cuerpos y cenizas a territorio nacional, se apreciará tener en cuenta la presente información:

1.- Para el internamiento de restos mortales al Perú se requiere los siguientes documentos:

Acta de defunción expedida por la Oficina Consular correspondiente o el certificado de defunción de donde se produjo el deceso, apostillado;

Certificado de autopsia, en caso de muerte violenta, apostillado o legalizado por la Oficina Consular;

Constancia de embalsamamiento, apostillado o legalizado por la Oficina Consular; y

Certificado de no presencia de enfermedades contagiosas, apostillado o legalizado por la Oficina Consular.

2.- Asimismo, y conforme a lo requerido por la Oficina de Sanidad Aérea Internacional del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, los mencionados documentos deben contar con una traducción no oficial al español, en caso se encuentren en idioma diferente. Además, la mencionada Oficina transmitió que es fundamental contar con un documento médico, apostillado o legalizado por la Oficina Consular, en el cual se precise las causas del fallecimiento, siempre y cuando, en la documentación detallada en el punto 1, no lo consigne.

3.- Se debe contar con una copia de la Guía Aérea, toda vez que en dicho documento se consignará los nombre y apellidos, así como el número del celular de la persona responsable de recoger los restos mortales en el Perú, quien deberá realizar los pagos respectivos a la empresa aérea a cargo del envío (servicio de handling), Sanidad Aérea Internacional y Talma Servicios Aeroportuarios o Servicios Aeroportuarios Andinos -SAASA-, según corresponda.

4.- Para el caso de repatriación de restos mortales y de personas en estado de indigencia y necesidad extrema, el connacional o familiares deben comunicarse con la Oficina Consular correspondiente o con la Dirección de Protección y Asistencia al Nacional del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Presentar la documentación que acredite el estado de indigencia.

Dicha subvención económica será proporcionada de acuerdo con la disponibilidad presupuestal e imposibilidad de recurrir y hacer uso de alguna otra fuente de asistencia humanitaria.

5.- Finalmente, respecto al envío de urnas conteniendo cenizas, se requiere los siguientes documentos:

​​Acta de defunción expedida por la Oficina Consular correspondiente o el certificado de defunción de donde se produjo el deceso, apostillado; y constancia de cremación, apostillada o legalizada por la Oficina Consular.

Además, existe la posibilidad de que la urna sea trasladada como equipaje de mano, llevando consigo los documentos señalados.

En caso los documentos se encuentren en un idioma distinto al castellano se recomienda contar con su traducción simple.

6.- A continuación se brinda un listado de funerarias en esta jurisdicción:

cuadro_2.jpg


​​​​​
​​
Central Telefónica:
(972) 234 0005
Administracion: (214) 276 8775
Emergencias:
(214) 869 6629 (No se da información general ni de trámites)

Whatsapp
214 809 0101
Fax:
(469) 484 7068
Correo Electrónico:
consulado@conperdallas.com
Horario de Atención:
Lunes a Viernes - 08:15 am a 03:30 pm.Consultar atención en sábados