NOTA INFORMATIVA N° 8
REFERENDUM NACIONAL 2018
TRAMITE DE SOLICITUD DE EXCUSA Y DE JUSTIFICACIÓN DE
INASISTENCIA AL CARGO DE MIEMBRO DE MESA EN EL EXTRANJERO
El Consulado General del Perú en Dallas tiene a bien hacer de
conocimiento de nuestros connacionales en su jurisdicción en el Norte de Texas, Arkansas, Kansas
y Oklahoma, la siguiente información proporcionada por la Oficina de
Procesos Electorales (ONPE) con respecto a los trámites que deben realizar los ciudadanos
peruanos que hayan sido elegidos como miembros de mesa en el Referéndum que se llevará a cabo el próximo 9 de diciembre, a fin de solicitar
su EXCUSA o INASISTENCIA al cargo de MIEMBRO DE MESA.
Cabe señalar que de conformidad con lo dispuesto
por el artículo 4° de la Ley N°
28859, "Ley que suprime las restricciones civiles, comerciales,
administrativas y judiciales; y reduce las multas en favor de los ciudadanos
omisos al sufragio", los ciudadanos que son elegidos Miembros de Mesa y no asistan o se
nieguen a integrar la mesa de sufragio; o se nieguen a desempeñar el cargo, estarán sujetos al pago de una multa.
Los trámites para solicitar la excusa o
inasistencia son los siguientes:
I. EXCUSA AL CARGO DE MIEMBRO DE
MESA (artículo 58° de la Ley Orgánica de Elecciones)
1.
Dentro
de los cinco (5) días hábiles después de efectuada la publicación de las listas
definitivas de quienes han sido designados como miembros de mesa (fecha de
publicación 14 de noviembre del 2018).
El plazo para presentar excusa al
cargo de miembro de mesa inicia el 16 de noviembre y culmina el 22 de
noviembre próximos.
2.
La
excusa al cargo de miembro de mesa se podrá solicitar cuando un(a) ciudadano(a)
que es sorteado(a) como miembro de mesa no puede cumplir con su deber. Al
tramitar esta solicitud y de ser aceptada, el (la) ciudadano(a) no aparecerá
como omiso(a) en el récord de votación si no asiste a cumplir con su deber de
miembro de mesa.
3.
En el
“CARTEL PARA EL
TRÁMITE DE SOLICITUD DE EXCUSA AL CARGO DE MIEMBRO DE MESA” se
detalla la relación de causales para solicitar una excusa al cargo de
miembro de mesa y los documentos sustentatorios que se deberán consignar.
4.
El
trámite es gratuito.
II. JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIA
AL CARGO DE MIEMBRO DE MESA (artículo 253° de la Ley Orgánica de Elecciones)
1.
La
justificación sólo procede en los casos de enfermedad (debidamente
acreditada con el certificado expedido por la entidad de salud competente y a
la falta de éste por el médico de la localidad) y puede ser presentado hasta
cinco (5) días calendarios antes de la elección, ante la ODPE Lima Oeste 1;
o excepcionalmente, a partir del día siguiente de la elección ante el Jurado
Electoral Especial (JEE).
2.
El
trámite es gratuito.
3.
El plazo
para presentar justificación de inasistencia al cargo de miembro de mesa inicia
el 16 de noviembre y culmina el 03 de diciembre del presente año.
PROCEDIMIENTO PARA LAS EXCUSAS Y
JUSTIFICACIONES EN EL EXTERIOR
El ciudadano sorteado como miembro de mesa presenta su
solicitud de excusa o justificación, dirigida al Jefe de la ODPE Lima Oeste 1
(señor Gary Adolfo Salazar Quiroz), dentro de los plazos previstos por la Ley
Orgánica de Elecciones, con la documentación probatoria correspondiente,
ante esta Oficina Consular.
Se acompaña el “Formulario P2: Solicitud de excusa o justificación al cargo de miembro
de mesa” que los interesados deberán presentar. Según
lo precisado por la ONPE, el formulario y la documentación sustentatoria
correspondiente deberán ser presentados física y presencialmente ante la
Oficina Consular.
Asimismo, se cumple con informar que de
conformidad con el mencionado artículo 4° de la Ley N° 28859, los
ciudadanos que se encuentren en el Padrón Electoral del exterior y que no
participen en las Elecciones Generales del próximo domingo 09 de diciembre,
no están afectos a la multa por omisión al sufragio.
Dallas,
15 de noviembre de 2018.