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Requisitos sanitarios de ingreso al Perú por santa rosa (tacna).jpg

Fecha Publicación: 20/08/2022
  

​1) Presentar declaración jurada de salud, que se hace a través de la página web: 

https://c19.cl/#/ (IR A LA PÁGINA WEB DE LA DECLARACIÓN JURADA)

2) Ciudadanos peruanos pueden ingresar a Chile portando solo su DNI siempre que se encuentre vigente.



Fecha Publicación: 01/06/2022
  

​Según información publicada por el Gobierno Regional de Tacna, en concordancia con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 030-2022-PCM, los requisitos para ingresar al territorio peruano por el complejo Santa Rosa serán los siguientes:

1)Contar con un esquema da vacunación completa (tres dosis como mínimo). Para el caso de ciudadanos chilenos o extranjeros con residencia en Chile el esquema de vacunación se demostrará con el pase de movilidad otorgado por el Ministerio de Salud de Chile.

Atención: en caso de no acreditar esquema de vacunación el viajero deberá presentar una prueba molecular (PCR) con resultado negativo con una antigüedad no mayor a 48 horas.

2)Presentar declaración jurada de salud que se hace a través de la página web: http://minsaperu.facturacpe.com/ (IR A LA PÁGINA WEB DE LA DECLARACIÓN JURADA)​

Tener presente que esta página web es solo en el caso que el viajero ingreso al Perú por la frontera terrestre sur (Santa Rosa-Tacna). No aplica para el ingreso por vuelos comerciales.

Fuente:

Publicación del Gobierno Regional de Tacna


Decreto Supremo N° 030-2022-PCM (artículo 4)​



Fecha Publicación: 22/04/2022
  
Mediante el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM se declara el Estado de Emergencia en el Perú por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19. Se destaca los siguientes puntos:

1. Estado de Emergencia Nacional.
2. Vigencia 15 días.
3. Aislamiento social obligatorio.
4. Se garantizan los servicios básicos.
5. Restricción en el tránsito de personas. Salvo casos muy específicos declarados en el Decreto Supremo.
6. Se dispone el cierre total de las fronteras por todos los medios, salvo el transporte de carga.
7. Se mantienen abiertos los supermercados, farmacias y bancos.
8. Se garantiza la logística para la atención de los servicios básicos.

Para más información puede revisar el Decreto Supremo.
Fecha Publicación: 16/03/2020